El Presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañado por los ministros del Interior, Rodrigo Delgado; Hacienda, Rodrigo Cerda; Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa; Trabajo, Patricio Melero; de Economía, Lucas Palacios, y la Subsecretaria de la Mujer, María José Abud, promulga dos leyes que entregan bonos y beneficios tributarios a más de 820 mil micro, pequeñas y medianas empresas (MYPEs) con el objetivo de paliar los efectos económicos que la pandemia del Covid-19 ha producido en el comercio.
El paquete económico presentado por el Gobierno consiste en tres tipos de medidas: Apoyo monetario directo a las MYPEs a través de bonos; medidas tributarias para flexibilizar y reducir temporalmente el pago de impuestos; y otros mecanismos de modificaciones al Fogape, capacitaciones y la discusión inmediata a la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento.
MEDIDAS DE APOYO DIRECTO A LAS MYPES
• Bono de alivio: bono de $1 millón que beneficiará a 820.545 MYPEs –sean personas naturales o jurídicas- que hayan iniciado actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo 2020 y que sus ingresos anuales por ventas no hayan superado las UF 25.000 durante el año calendario 2020.
• Para recibir el bono será suficiente cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Que haya tenido al menos un trabajador contratado durante el año 2020.
- Que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses en 2020 (continuos o discontinuos).
- Que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses 2021 (continuos o discontinuos).
- Que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia: gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles, ferias y otros servicios afectados.
• Bono adicional variable: Aquellas MYPEs que están afectas al pago de IVA, recibirán un bono adicional equivalente a tres meses del promedio del IVA débito del año 2019, con un tope de $2 millones de pesos.
• Incremento para mujeres: El bono de alivio y el bono adicional variable aumentarán 20% en el caso que la persona natural o la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada sea mujer.
• Anticipo solidario para el pago de cotizaciones de seguridad social de trabajadores suspendidos por Ley de Protección al Empleo.
MEDIDAS TRIBUTARIAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
• Reducción transitoria de la tasa de interés penal de 1,5% a 0%: estará vigente para los giros (órdenes de pago de las deudas tributarias) que se emitan hasta el 31 de diciembre del año 2021.
• Devolución de crédito fiscal IVA acumulado: opción de solicitar un reembolso del remanente acumulado, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, según la declaración de IVA que se realice en julio, agosto y septiembre del año 2021.
• Para recibir estos beneficios, los requisitos son:
- Haber obtenido ingresos por ventas y servicios en al menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1 de enero 2020 y el 31 de mayo 2021.
- Que de la declaración de junio 2021 resulte un remanente de crédito fiscal de IVA generado por la adquisición de bienes o la utilización de servicios entre el 1 de marzo 2020 y el 31 de mayo 2021.
• Extensión de vigencia de patentes provisorias: para aquellas empresas cuyas patentes vencieren durante el período de alerta sanitaria. La extensión es hasta un año contado desde el día siguiente a aquel en que se termine el estado de alerta sanitaria.
• Se duplica el plazo de los convenios de pago con Tesorería y Municipios -patentes de alcoholes y comerciales- pasando de 24 a 48 cuotas, y se establece una condonación del 100% de intereses y multas.
OTRAS MEDIDAS PARA FORTALERCER LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA DE LAS MIPYMES
• Promover la participación de MYPEs en las Compras Públicas: promover uniones temporales de proveedores MYPEs y flexibilizar los requisitos para el acceso de las empresas al sistema.
• Fortalecimiento de FOGAPE:
- Aumentar el plazo de las garantías de 7 a 10 años.
- Flexibilizar el requisito de mora para a FOGAPE Reactiva hasta 89 días para MYPEs. Actualmente el programa contempla un requisito de mora de 29 días.
- Incorporación de un periodo de gracia de 6 meses para los nuevos créditos. Para Pymes de los rubros más golpeados por la pandemia se extenderá el periodo de gracia a 12 meses.
• Suspensión de remates por incumplimiento de pagos de contribuciones de las MYPEs durante el año 2021, cualquiera sea el estado de la causa.
• Reorientar programas de capacitación a MYPEs y facilitación de procesos para emprender.
• Programa SERCOTEC para que personas con actividades informales puedan acceder a fondos de reactivación económica e iniciar actividades formales.
• Ley de Insolvencia y Reemprendimiento: discusión inmediata, incluyendo vía indicación las medidas propuestas tendientes a facilitar el acceso y facilitación de los procesos concursales y de liquidación.
• Consejo Económico y Social: de carácter permanente, cuyo foco será proponer medidas para la reactivación económica, la creación del empleo y la productividad del país, con especial énfasis Pymes.